La ley establece compromisos claros para fortalecer el mercado de reciclaje y aumentar la recuperación de materiales
La aprobación en el Senado de la Ley General de Economía Circular marca un giro regulatorio relevante en México, no sólo por su carga ambiental, sino porque introduce un marco federal que busca mover al país del modelo lineal de “extraer, producir y desechar” hacia esquemas de prevención, aprovechamiento y valorización de materiales.
En términos industriales, el punto de fondo no es conceptual: es operativo. La ley empuja a que el diseño, el abastecimiento, la manufactura, la distribución y el fin de vida de productos y envases sean gestionados con instrumentos formales, verificables y, en ciertos casos, registrables.
En lo inmediato, la señal para el mercado es clara: la economía circular deja de ser sólo un objetivo de sostenibilidad corporativa y se convierte en un marco de gobernanza que impacta decisiones de inversión, especificaciones técnicas de empaque, contratos con proveedores, trazabilidad de materiales, y esquemas de recuperación postconsumo.
La oportunidad, para quienes operan cadenas complejas como las de alimentos y bebidas, está en anticipar cómo se aterrizarán los instrumentos secundarios y en construir capacidades internas de cumplimiento antes de que la vigilancia y el escrutinio público aceleren.
Ley General de Economía Circular en México: aprobación y alcance regulatorio
El Senado aprobó la minuta enviada por la Cámara de Diputados para expedir la Ley General de Economía Circular y remitirla al Ejecutivo, en un proceso legislativo que coloca el tema en la agenda industrial y ambiental de mayor jerarquía.
En el plano normativo, la iniciativa legislativa publicada en la Gaceta Parlamentaria establece que la nueva ley no llega aislada: se acompaña de reformas y adiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), con el objetivo de armonizar conceptos, instrumentos de política y mecanismos de verificación.
Un componente particularmente relevante para el sector productivo es el calendario de implementación: el decreto plantea que el Ejecutivo deberá expedir el o los reglamentos dentro de 180 días naturales posteriores a la entrada en vigor, y que las entidades federativas deberán armonizar su legislación en el mismo horizonte temporal.
Además, prevé iniciar procedimientos para adecuar NOM existentes y desarrollar nuevas, lo cual es crítico para industrias reguladas como alimentos y bebidas, donde la interacción entre inocuidad, materiales en contacto con alimentos y requisitos de etiquetado puede generar fricciones si no se gestiona con precisión.

La aprobación en el Senado de la Ley General de Economía Circular marca un giro regulatorio relevante en México, no sólo por su carga ambiental, sino porque introduce un marco federal que busca mover al país del modelo lineal de “extraer, producir y desechar” hacia esquemas de prevención, aprovechamiento y valorización de materiales.
En términos industriales, el punto de fondo no es conceptual: es operativo. La ley empuja a que el diseño, el abastecimiento, la manufactura, la distribución y el fin de vida de productos y envases sean gestionados con instrumentos formales, verificables y, en ciertos casos, registrables.
En lo inmediato, la señal para el mercado es clara: la economía circular deja de ser sólo un objetivo de sostenibilidad corporativa y se convierte en un marco de gobernanza que impacta decisiones de inversión, especificaciones técnicas de empaque, contratos con proveedores, trazabilidad de materiales, y esquemas de recuperación postconsumo.
La oportunidad, para quienes operan cadenas complejas como las de alimentos y bebidas, está en anticipar cómo se aterrizarán los instrumentos secundarios y en construir capacidades internas de cumplimiento antes de que la vigilancia y el escrutinio público aceleren.
Ley General de Economía Circular en México: aprobación y alcance regulatorio
El Senado aprobó la minuta enviada por la Cámara de Diputados para expedir la Ley General de Economía Circular y remitirla al Ejecutivo, en un proceso legislativo que coloca el tema en la agenda industrial y ambiental de mayor jerarquía.
En el plano normativo, la iniciativa legislativa publicada en la Gaceta Parlamentaria establece que la nueva ley no llega aislada: se acompaña de reformas y adiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), con el objetivo de armonizar conceptos, instrumentos de política y mecanismos de verificación.
Un componente particularmente relevante para el sector productivo es el calendario de implementación: el decreto plantea que el Ejecutivo deberá expedir el o los reglamentos dentro de 180 días naturales posteriores a la entrada en vigor, y que las entidades federativas deberán armonizar su legislación en el mismo horizonte temporal.
Además, prevé iniciar procedimientos para adecuar NOM existentes y desarrollar nuevas, lo cual es crítico para industrias reguladas como alimentos y bebidas, donde la interacción entre inocuidad, materiales en contacto con alimentos y requisitos de etiquetado puede generar fricciones si no se gestiona con precisión.
La economía circular, cuando se vuelve ley, deja de ser un capítulo de RSE y se convierte en una variable de continuidad operativa. Fuente: Freepik
Economía circular y presión real: residuos urbanos, envases y costos sistémicos
La discusión no ocurre en el vacío. México enfrenta una carga material y logística significativa en residuos. SEMARNAT reporta una generación diaria del orden de 102 mil 895 toneladas de residuos, con tasas relevantes de recolección y disposición final, datos que contextualizan por qué la política pública se está moviendo hacia instrumentos de circularidad más exigentes.
Asimismo, el INEGI ha documentado magnitudes similares desde la óptica de residuos recolectados; por ejemplo, en un comunicado estadístico de 2025, reporta que en 2022 se recolectaron en promedio 108,146 toneladas diarias de residuos sólidos urbanos.
Para alimentos, bebidas y packaging, esto se traduce en una presión doble. Por un lado, los envases y empaques son una fracción visible del flujo de residuos postconsumo; por otro, la industria opera con requerimientos técnicos y sanitarios que vuelven más compleja la sustitución de materiales, la incorporación de contenido reciclado y la transición a modelos de reutilización.
El resultado es que la economía circular, cuando se vuelve ley, deja de ser un capítulo de RSE y se convierte en una variable de continuidad operativa: desde el acceso a resinas y sustratos, hasta la autorización de proveedores, la homologación de especificaciones y la gestión de reclamaciones por desempeño del empaque.
El eje que reordena decisiones en packaging
Dentro del andamiaje propuesto, la Responsabilidad Extendida del Productor (REP) aparece como un punto estructural. En el documento legislativo asociado al proyecto, la REP se define como el mecanismo mediante el cual la persona productora es responsable de la huella ambiental del producto y de su producción.
Además, se establece que las unidades económicas deben generar mecanismos de diseño circular y gestión de residuos, e implementar políticas orientadas a minimizar contaminantes bajo un esquema REP en su actividad económica.
Para la industria de alimentos y bebidas, esto tiene implicaciones directas en tres frentes:
- Económico: si el cumplimiento se aterriza mediante esquemas obligatorios de recuperación, contribuciones a sistemas colectivos o metas por tipo de material, el costo de cumplimiento tenderá a reflejarse en estructura de precios, inversiones en infraestructura y rediseño de portafolios.
- Técnico: el empaque deja de evaluarse sólo por desempeño (barrera, sellabilidad, estabilidad en anaquel) y pasa a evaluarse también por “recuperabilidad” y circularidad. Esto empuja a reducir combinaciones complejas de materiales, mejorar la compatibilidad con corrientes de reciclaje, y documentar decisiones de ecodiseño con evidencia verificable.
- Gobernanza: la REP tiende a demandar información, trazabilidad y registros. Y cuando un marco legal introduce obligaciones de registrar o reportar, la ventaja competitiva se desplaza hacia empresas con capacidades robustas de datos, control documental y auditoría interna.

Trazabilidad de diseño circular como nueva normalidad
Un elemento distintivo del proyecto es el enfoque en infraestructura de información. Se plantea la creación de una Plataforma Nacional de Economía Circular, coordinada por la secretaría técnica del sistema en conjunto con INEGI, que facilite información para promover investigación y una economía sostenible.
Para empresas, el punto crítico es que el documento establece una obligación explícita: las unidades económicas deberán registrar sus diseños circulares en la Plataforma Nacional, y dicho diseño deberá contener etapas y acciones que comprendan el ciclo de vida y la gestión integral de residuos.
En términos de implementación corporativa, esto anticipa una evolución del “diseño para reciclaje” hacia el “diseño con expediente”. Es decir, ya no basta con decir que un empaque es reciclable; será cada vez más necesario demostrarlo con especificaciones, pruebas, compatibilidad con infraestructura real, y planes de manejo o recuperación.
Para grupos con múltiples categorías (lácteos, bebidas, salsas, botanas, alimentos preparados), la obligación de estandarizar evidencia por formato de empaque y por región logística puede convertirse en un proyecto transversal de alto impacto.
Impacto en packaging de alimentos
En packaging de alimentos y bebidas, la economía circular se enfrenta a un desafío técnico central: los envases existen para proteger la inocuidad y reducir merma. Cualquier transición debe cuidar que el remedio no sea peor que la enfermedad, sustituyendo un impacto por otro, por ejemplo, aumentando desperdicio alimentario por degradación de barrera o reducción de vida útil.
La nueva Ley General de Economía Circular empuja, por diseño, a que el empaque se piense como parte de un sistema de ciclo de vida. Eso obliga a re-evaluar decisiones como el uso de laminados multimaterial, tintas y adhesivos, mangas termoencogibles, etiquetas complejas y aditivos que dificulten reciclaje.
También abre el espacio para modelos de reutilización donde tenga sentido logístico y sanitario, especialmente en canales cerrados o retornables. En bebidas, el retorno y la recolección pueden ser más viables que en alimentos listos para consumo; en alimentos, la discusión se mueve más hacia monomateriales, compatibilidad de reciclaje y contenido reciclado cuando la regulación y los grados alimenticios lo permitan.
Finalmente, la aprobación de la Ley General de Economía Circular coloca a México en una trayectoria regulatoria que impactará directamente a la industria de alimentos, bebidas y packaging. El enfoque no es cosmético: incorpora principios, instrumentos, sistemas de información y un eje de Responsabilidad Extendida del Productor, con potencial de reconfigurar decisiones de diseño, abastecimiento, producción y posconsumo.
Para un mercado regional como Latinoamérica, el movimiento mexicano también es una señal para cadenas de suministro integradas: proveedores de resinas, convertidores, marcas, recicladores y operadores logísticos. De esta manera, la ventaja no la tendrán necesariamente quienes comuniquen mejor, sino quienes puedan demostrar mejor, con evidencia y datos, que su empaque y su operación están listos para una economía circular regulada.
Fuente: Food Tech
Guillermina García
Periodista especializada Senior