La ANTAD dijo que algunos organismos han argumentado que la Norma 29 resulta nociva al proceso de competencia y libre concurrencia
El viernes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por la Procuraduría General de la República (PGR) para impugnar la Norma 29, que restringe la instalación de tiendas de autoservicio y conveniencia en la capital del País.
A través de un comunicado la Asociación Nacional de Tiendas Departamentales (ANTAD), informó que fue el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia, quien admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad.
La Norma 29, denominada "Mejoramiento de las Condiciones de Equidad y Competitividad para el Abasto Público", señala que las nuevas tiendas de autoservicio, supermercados, minisúper y tiendas de conveniencia sólo podrán instalarse sobre vías primarias y en predios con uso de suelo habitacional mixto, que abarcan únicamente el 2.5 por ciento de la superficie del DF.
La ANTAD recordó que en los últimos meses, la Comisión Federal de Competencia (CFC), la Barra Mexicana Colegio de Abogados (BMA) y el Instituto Mexicano para la Competitividad han argumentado que la Norma 29 resulta nociva al proceso de competencia y libre concurrencia.
Por lo que en consecuencia, resulta contraria al interés público y al bienestar de los consumidores, lo cual viola el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y los organismos que lo integran, entre los que se incluye a la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio reiteraron su enérgico rechazo a la Norma 29 porque afecta la inversión y el empleo, y lesionará la economía familiar de los ocho millones de consumidores capitalinos.
Esto debido a que menos puntos de compra limitarán la disponibilidad de productos y provocarán aumentos en los precios, en perjuicio de todas las familias del Distrito Federal, particularmente las más pobres.
Fuente:EL NORTE
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